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El Observatori de Bioètica i Dret propone limitar el esfuerzo terapéutico en las unidades de neonatología

By 18 de junio de 2009noviembre 16th, 2020No Comments
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 18.06.2009

El Observatori de Bioètica i Dret propone limitar el esfuerzo terapéutico en las unidades de neonatología

El Grupo de Opinión del Observatori de Bioètica i Dret de la Universitat de Barcelona (), ubicado en el Parc Científic Barcelona, ha presentado hoy un documento para que la limitación del esfuerzo terapéutico en las unidades de neonatología sea considerada una buena práctica médica en ciertos supuestos, como recién nacidos con prematuridad extrema, que no tienen posibilidades de sobrevivir a largo plazo; con enfermedades muy graves, que sufren de manera sostenida sin posibilidad de alivio con los conocimientos médicos actuales, o que requieren tratamientos intensivos continuados y tienen un pronóstico muy grave con respecto a su calidad de vida, actual y futura. De esta manera, se pretende abrir un debate social sobre este tema, del que no se habla abiertamente y que se deja a la discreción de los equipos asistenciales y de los padres del bebé, entre otras razones, porque plantea cuestiones éticas complejas y no hay un marco legal claro que determine unos protocolos de actuación.

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En la elaboración del documento han participado especialistas en diversas disciplinas, bajo la coordinación de los doctores Frederic Raspall, jefe del Servicio de Neonatología i Pediatría del Hospital de Barcelona y Albert Royes, secretario de la Comisión de Bioética de la Universitat de Barcelona y miembro del Comité de Ética Asistencial del Hospital Clínic.

El El «Documento sobre la limitación del esfuerzo terapéutico en las unidades de neonatología» incluye un conjunto de recomendaciones, con el fin de garantizar que la decisión de limitar el esfuerzo terapéutico en los tres supuestos antes mencionados esté justificada desde el punto de vista ético y legal y, por esta razón, define un conjunto de requisitos que se tienen que cumplir antes tomar alguna decisión al respecto.

En el caso de recién nacidos con prematuridad extrema o con enfermedades muy graves, el OBD recomienda, en primer lugar, la máxima fiabilidad en el diagnóstico y pronóstico y, si es necesario, la consulta con otros equipos asistenciales; el acuerdo con los padres del recién nacido, que tienen que recibir por parte del equipo médico información suficiente, honesta y veraz para poder determinar su consentimiento, que siempre tendrá que ser explícito y por escrito; y que la decisión de limitar el esfuerzo terapéutico se acompañe de las medidas más apropiadas para el control de los síntomas y para prevenir y suprimir el dolor o padecimiento que el recién nacido podría experimentar.

Asimismo, en el caso de los recién nacidos cuya muerte no es inminente, pero que tienen que vivir sometidos a tratamientos intensivos, el OBD indica que tanto el equipo asistencial como los padres, de común acuerdo y siempre en defensa de los mejores intereses del recién nacido, tengan en cuenta las repercusiones que sobre las expectativas de calidad de vida del recién nacido tendría la instauración o la continuación de tratamientos médicos.

En este aspecto, el OBD propone que, en estos casos, se tengan en cuenta aspectos esenciales como la dependencia continuada de actuaciones médicas intensivas, la capacidad actual y futura del recién nacido de establecer relaciones con otras personas e interaccionar con el entorno, la intensidad del dolor y del padecimiento que experimenta, así como el balance entre beneficios y perjuicios se decante claramente a favor de considerar que prolongar su vida no es la mejor alternativa.